Según el REBT del año 2002 ( ITC BT-05 ) todos los edificios con más de 100 KW de potencia instalada deben pasar inspección cada 10 años, pero como el dato de los 100 Kw es complicado de conocer, Industria en el 2012 emitió una resolución indicando que se debía pasar inspección cada 10 años en todos los edificios de más de 24 viviendas y/o locales. Por tanto para cualquier edificio anterior al 2006 que no haya pasado inspección la debe realizar a lo largo de este año, y si ya la pasado, la debe repetir a los 10 años de la fecha en la que paso la última inspección.
De forma similar se debe actuar en los garajes de mas de 24 plazas, la única diferencia es que la inspección es cada 5 años.
También se debe pasar inspección cada 5 años en las piscinas con potencia instalada mayor a 10 Kw y en el alumbrado exterior con potencia instalada mayor a 5 Kw.