Con fecha 30 de abril se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el Extracto de la Orden 224/2021, por la que se convocan subvenciones destinadas al programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad en viviendas, para el año 2021. Dichas ayudas, se encuentran previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, ampliado hasta el 31 de diciembre de 2022 mediante Real Decreto 1084/2020, de 9 de diciembre.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se podrán presentar en un plazo de dos meses a partir del día siguiente hábil de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, es decir, desde el día 4 de mayo hasta el 5 de julio de 2021, ambos inclusive.

Beneficiarios de las ayudas

Podrán solicitar estas ayudas, las comunidades de propietarios y agrupaciones, los propietarios de viviendas, los propietarios únicos de edificios de viviendas y las sociedades cooperativas.

Requisitos que deben cumplir los edificios para optar a las ayudas

Para optar a las ayudas publicadas, los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El edificio deberá estar finalizado antes del año 1996.
  • El 70% de la superficie construida, deberá tener uso residencial de vivienda.
  • El 50% de las viviendas deberán ser el domicilio habitual.
  • Deberá disponer del IEE, con carácter previo, y presentado en el Ayuntamiento correspondiente.
  • Deberá tener el acuerdo de la comunidad de propietarios.
  • Deberá disponer de un proyecto de ejecución, o una memoria técnica, de acuerdo con las obras que se pretendan ejecutar.
  • Deberá contar con las autorizaciones administrativas correspondientes (licencias).

Obras subvencionables

Las obras subvencionables, dentro del apartado de conservación y mantenimiento, será aquellas incluidas dentro de un IEE o una ITE con calificación “Desfavorable”, o con algún informe técnico equivalente. En dicho apartado, podrán subvencionarse obras de cimentación y estructura, instalaciones, cubiertas y azoteas, y fachadas y medianeras.

Dentro del apartado de las obras relativas a la seguridad de utilización y accesibilidad, se podrán incluir la instalación de ascensores, salva escaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, las obras de accesibilidad universal interior de las viviendas, los elementos de control, información y aviso, así como todas las mejoras incluidas en el Código Técnico de la Edificación, en el Documento Básico DB-SUA.

Importes de las ayudas

Los importes de las ayudas serán de 8.000 € por vivienda y 80 €/m2 de superficie construida de local participante.

El importe máximo de la ayuda no podrá sobrepasar el 40% de la inversión subvencionable.

Periodo de ejecución de las obras

Las obras subvencionables deben estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2.018. El plazo máximo para terminarlas será de 24 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda.

Documentación a presentar

Junto con la solicitud de las ayudas, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Documentación administrativa (NIF, IRPF, etc…)
  • IEE o informe técnico equivalente.
  • Solicitud o licencia urbanística.
  • Proyecto de ejecución o memoria técnica.
  • Reportaje fotográfico.
  • Certificado de inicio de las obras, en el caso de que estas se encuentren iniciadas.

A la finalización de las obras, se deberá presentar la siguiente documentación, en el plazo máximo de 3 meses:

  • Certificado de inicio y final de obra.
  • Licencia o autorización municipal.
  • Facturas de las obras ejecutadas.
  • Documentación fotográfica de las obras.
  • Resolución de archivo de la orden de ejecución municipal (en su caso).
  • Certificados de las instalaciones (en su caso).
  • Registro y etiqueta del certificado de eficiencia energética (en su caso).

Para mayor información, se puede consultar la página web de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/ayudas-rehabilitaci%C3%B3n-edificios-2021