¿QUÉ ES EL BONO SOCIAL Y COMO SOLICITARLO?

Bono_Social

Debido al estado de alarma por el COVID-19 el Gobierno ha prorrogado la vigencia del Bono Social . 

Por el mismo motivo, serán considerados clientes vulnerables y por lo tanto beneficiarios del Bono Social aquellos trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a cesar su actividad o que hayan reducido su facturación en un 75%.

¿Qué es el Bono Social?

El Bono Social es un importante descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables por sus condiciones socioeconómicas.

¿Quién puede beneficiarse del Bono Social?

Para beneficiarte del Bono Social es imprescindible tener contratada la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.

Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable en mayor o menor grado.

Con motivo del brote de COVID-19 podrán acogerse al Bono Social eléctrico los trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a cesar su actividad o que hayan reducido su facturación en un 75%.

Serán considerados clientes vulnerables si su renta anual es igual o inferior a:

  • 2,5 veces IPREM (18.798,9€) si no forma parte de una unidad familiar.
  • 3 veces IPREM (22.558,7€) si hay un menor en la unidad familiar.
  • 3,5 veces IPREM (26.318,7€) si hay dos menores en la unidad familiar.

Si cumplen estos requisitos, y acreditan hallarse en situación de cese de actividad o reducción de su facturación según establece el artículo 28 del RDL 11/2020 de 31 de marzo, serán considerados clientes vulnerables hasta que no reanuden su actividad laboral y durante un periodo máximo de 6 meses a contar desde que obtengan el descuentoo en factura.

¿Cuáles son los requisitos para ser considerado vulnerable?

Clientes vulnerables

Tendrán un descuento en su factura del 25%.

Se considera que son clientes vulnerables las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:

Renta anual inferior o igual a los límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):

  • 1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo.
  • 2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.

*IPREM anual 14 pagas válido para 2019: 7.519,59 euros.

Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM si se cumple alguna de estas circunstancias:

  • Que algún miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
  • Que algún miembro de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.
  • Que se acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

Pensionistas con la pensión mínima: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos) perciba la pensión mínima (por jubilación o por incapacidad permanente). Además, si tiene otra fuente de ingresos aparte de la pensión su cuantía anual no puede superar los 500€.

Familias numerosas: todas sin excepción.

Clientes vulnerables severos

Tendrán un descuento en su factura del 40%.

Se considera que son clientes vulnerables severos las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:

  • Renta anual inferior: quienes tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para los clientes vulnerables (ver más arriba).
  • Pensionistas con pensión mínima y renta inferior: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o por invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
  • Familias numerosas con renta inferior: aquellas con una renta anual inferior a 2 veces el IPREM.

Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social

En esta categoría especial entran quienes cumplan estas 2 condiciones:

  • Haber sido considerados clientes vulnerables severos (ver más arriba).
  • Estar siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura eléctrica.

Límites en el consumo de electricidad

Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de electricidad. Superado este límite, la energía se facturará según los precios de la tarifa regulada (PVPC), sin descuento:

  • Pensionistas: 1.932 kWh de electricidad consumida al año.
  • Familias numerosas: 4.140 kWh/año.
  • Consumidores sin menores a cargo: 1.380 kWh/año.
  • Consumidores con un menor a cargo: 1.932 kWh/año.
  • Consumidores con dos menores a cargo: 2.346 kWh/año.

Solicitarlo es gratis

Te recordamos que pedir el Bono Social es un trámite absolutamente gratuito. No aceptes pagar por abrir la solicitud y no des tu número de tarjeta.