Computo de días para impugnar un Acuerdo
Establece el artículo 18.3 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que la acción de impugnación de acuerdos caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Estos plazos son plazos de caducidad, lo